La ideología y los discursos, del libro "Crítica de la ideología jurídica" de Oscar Correas

- El autor llama "textos" a cualesquiera objetos culturales, en el que se manifiesta el trabajo humano. Por su parte "Cultura" designa cualquier producto del trabajo humano.
- Los textos transmiten ideas o pensamientos, contenidos cualesquiera de conciencia: ideología.
- Los textos se componen de signos, que consideramos las unidades básicas de los discursos.

- Signos son conjunto de palabras que tienen un significado. Los signos conforman sistemas llamados "lenguaje", entre los que están los lenguajes llamados "naturales" (castellano, francés, etc.), pero también otros lenguajes como el musical, el matemático, el lógico o el ideográfico de las señales de tránsito.
- Los sistemas de signos son sistemas formalizadores porque otorgan "forma" a los contenidos de conciencia.
- Sin embargo, lo que permite que un contenido de conciencia que aparece en forma de lenguaje sea identificable por otra conciencia es la existencia de un código, el cual es conocido por el lector del texto o receptor del mensaje. Sin la existencia de un código, no existe ni la manifestación, ni la intelección de un texto.

- Para que un contenido de conciencia cualquera sea transmitido a otra conciencia, es necesario que se formalice en un sistema de signos, sistema cuyo principio de inteligibilidad es conocido previamente por otro. Lo que permite conocer ese principio de inteligibilidad es el código. En tal caso se establece una comunicación o transmisión de sentido.

- Además del código constituido por las reglas del lenguaje natural, hay otros códigos que permiten transmitir otros sentidos. Por ejemplo, un artículo periodístico sobre economía puede ser leído utilizando cuando menso dos códigos: el lenguaje en que está formulado y el de la teoría económica en la que se instala el autor del artículo.

LOS SISTEMAS FORMALIZADORES Y LOS CONTENIDOS DE CONCIENCIA

- La consecuencia del hecho de que todo contenido de conciencia -o ideología- no pueda existir, sino en textos constituidos por signos pertenecientes a algún sistema formalizador, es que la ideología está constreñida a aparecer dentro de los límites de ese sistema. Es decir, está constreñida a aparecer dentro de los límites proporcionados por el significado de los signos. Por ejemplo, algunas ideas jurídicas no pueden existir en ciertas sociedades pues éstas no disponen de palabras -signos- para expresarlas.

- El discurso del Derecho no puede existir sino sobre las bases de las palabras existentes en el lenguaje natural, y con el significado que las mismas tienen en ese lenguaje. Precisamente de eso se trata aqui: de analizar criticamente la ideología del discurso del derecho, de esa ideología que adquiere forma en el texto, pero constreñida al valor semántico de signos que lo componen. La hipótesis es que la ideología creada por el grupo en el poder desfigura las relaciones sociales enmascarándolas con el significado de las palabras que se usan cotidianamente para hacer referencia a esas relaciones. El desenmascaramiento depende de que pueda justificarse, razonablemente, que el uso cotidiano de las palabras constituye un uso "incorrecto", o bien, que esas palabras se refieren a ficciones y no  las relaciones sociales a las cuales pretenden referirse.

- El autor propone usar la palabra "ideología" para referir cualquier contenido de conciencia. Con ello le otorgamos la máxima amplitud. A su vez, nos colocamos fuera de la concepción del mundo según la cual existe la verdad al margen y por encima de los discursos humanos.

- Por lo que "ideología jurídica" se refiere a una porción de la ideología diferenciable -según criterios que es necesario precisar-, de otra porción, como por ejemplo, de la ideología partidaria.

- La ideología sólo puede aparecer merced a los servicios de un sistema formalizador como el lenguaje natural. Lo mismo con las ideologías. Propongo usar, en este trabajo, la palabra "discurso" para referir la ideología ya formalizada.
   Si discurso es formalización de ideología, así en general, entonces cabe usar la expresión "continuo discursivo" para referir la totalidade de la ideología, que por estar formalizada, y sólo gracias a ello, puede circular en la sociedad.

- Hay infinita cantidad de discursos: cada discurso no es otra cosa que el resultado de una definición producida por el analista. Discurso tiene como referente a la ideología cuando ésta aparece formalizada, pero ésta no puede aparecer sino formalizada, entonces la ideología no existe fuera de algún discurso. La ideología puede existir en distintos discursos, o que la misma ideología, la totalitaria por ejemplo, pueda existir en distintos discursos, en el jurídico o en científico.

- El autor propone usar el plural "discursos", para referir la formalización d elas ideologías. De esta manera, se podrá usar la palabra "discurso", siempre que vaya junto con un calificativo, para referirnos a cierta porción de la ideología, es decir, a alguna ideología en particular, que aparece en un sector del continuo discursivo. Así, por ejemplo, podremos decir que el discurso liberal es distinto del discurso fascista, o que el discurso del derecho es distinto del de la moral.

- El "discurso del derecho" constituye la formalización de una parte de la ideología, parte que debemos acotar como tal por diferencia con la que no sea "del derecho".

IDEOLOGÍA SIGNIFICADO AMPLIO

- El término ideología no se usa en ciencias sociales de la misma manera enq ue ha sido propuesto aquí. Ideología significa, en su uso corriente, lo contrario a ciencia. Es, por tanto, un adjetivo que desprestigia al referente del sustantivo al cual se aplica: todo aquello calificado con el término ideología, es evaluado negativamente por relación con la evaluación positiva que se hace de lo calificado con el término "ciencia".

-La dificultad de estos usos de ideología consiste en que, si hay una conciencia falsa, entonces tiene que haber una verdadera.

- El nivel discursivo de la ciencia, cuando se supone separado del de la ideología, permite hacer creer que quienes hablan científicamente están fuera de la política, y con ello logran hacer aparecer su "ciencia" como indiscutible.

- La discución científica debe ser instalada allí donde loq ue se debe hacer en manteria de decisiones políticas, depende de la persuasividad de los razonamientos; alli donde la verdad, como no puede ser de otra forma, como de todos modos es, aunque quiera ocultarse, depende de una competencia entre argumentos que convencen o no.

LA UNIDAD DE LA IDEOLOGÍA

- La crítica de la ideología jurídica, supone que es posible determinar un sector de la ideología circulante en una sociedad, como distinta de todos los demás sectores; un sector que sería, precisamente "jurídico".

- Una sección de ideología, una ideología particular, se destacaría del resto, siempre que pueidera considerarse, arbitrariamente desde luego, como un conjunto de elementos -"ideas"- cuya unidad esté dada por algún elemento reconocible que permitiera decir que ese conjunto es "coherente". Definir este elemento sería construir un concepto que permitiera acotar cierto sector de la ideología separándolo del resto. Y si no pudiera construirse, entonces sería imposible el análisis de la ideología jurídica, o d ela del derecho, tanto como el de cualquiera otra ideología. La cuestión presenta dificultades lo suficientemente grandes como para adelantar que, por el momento, cualquier intento de definir una ideología en el interior de un texto jurídico debe considerarse sólo como un primer ensayo.

COHERENCIA SINTÁCTICA DE LOS TEXTOS

- Los textos pueden ser coherentes tanto desde el puntod e vista de la Sintaxis, como desde el de la Semántica. Los textos pueden transmitir una ideología cualquiera, en primer lugar, porque son coherentes, esto es, intelegibles, es decir, que tienen sentido aun cuando expresan mentiras.

- La coherencia sintactica de un texto lo constituye en un producto cultural intersubjetivo, es decri, en algo poseedor de la característica de poder servir de vehículo para la transmisión de ideología de un productor hacia un receptor.

- Con la palabra coherencia, aplicada a los textos no quiere significar otra cosa sino obediencia a ciertas reglas. Un texto es coherente, en primer lugar, si sus signos están organizados conforme  con ciertas reglas preestablecidas y preaceptadas. Estas reglas constituyen un conjunto, un sistema, del cual decimos que es la sintaxis del lenguaje en el cual se expresa la ideología aparente en el texto. La Sintaxis de una lengua es un código que permite descifrar el mensaje portado por el texto. El código constituye, en este caso, la descripción de las reglas.

- Lo que primeramente posee el texto, entonces, es coherencia sintáctica; es decir, sus signos están ordenados conforme con las reglas sintácticas del lenguaje de que se trate. La ideología portada por el texto, puede ser inteligida sólo por quien conozca el código o reglas de ordenación de los signos.

COHERENCIA SEMÁNTICA O DE SENTIDO DE LOS TEXTOS

- Ahora bien, un texto, que para serlo debe portar un discurso sintácticamente coherente, puede contener distintas ideologías. Por ejemplo, las constituciones modernas contienen fracciones de las que frecuentemente decimos que expresan una ideología liberal, y fracciones de las que decimos que expresan una ideología socialista. Esto es muy notable en las constituciones, tanto federal como de estados de México.

- Los textos pora transmitir un mensaje inteligible, deben, además, poseer otro tipo de "coherencia", que llamaremos de sentido, la cual será una coherencia, no sintáctica, sino semántica.

SISTEMAS SIGNIFICANTES

- Los sistemas significantes son conjuntos de enunciados pertenecientes a uno o varios textos, que pueden ser identificados como parte de una unidad. El orden no pertenece a los objetos de estudio, sino a los instrumentos teóricos producidos para realizar ese estudio. Es decir, el orden es, en realidad, un discurso. Esta identidad entre discurso y código de recepción, es absolutamente subjetiva; debe haber "alguien" receptor, es decir, que produzca el discurso según el cual, el sentido del discurso analizado corresponde con el del código utilizado.
- La teoría social produce un discurso que el sociologo reputa descriptivo de relaciones sociales objetivamente existentes. Ese discurso cosntituirá el punto de partida para construir el código o principio de la coherencia de sentido de los otros discursos incluidos en el discurso del derecho. El resultado constituirá un sistema significante. Los problemas con que se enfrenta son: la calidad del discurso científico del sociologo (problemas de la verdad y la causa), la naturaleza del referente del derecho y la referencia ficticia.
- El autor llama tema o principio de coherencia al elemento unificador de los enunciados que constituirán el sistema significante y que será proporcionado por la teoría social.

DENOTACIÓN Y CONNOTACIÓN

- Si pueden identificarse sistemas significantes en el interior de un texto, entonces también es posible identificar  signos aislados que forman parte de esos sistemas.

- Sistemas significantes podrían estar denotados o simplemente connotados en el discurso analizado. Diremos que un sistema significante es´ta denotado en un texto, cuando sus elementos están presentes en ese texto.
-La relación entre ambos está siempre mediada por construcciones culturales. Lo denotado es, por lo tanto, un discurso, porque es siempre un resultado anterior de la cultura; es siempre un sistema significante que los usuarios reputan como referido a fenómenos objetivos e independientes de los sujetos.
- En un discurso que denota cierto sistema significante, pueden coexistir uno o varios signos que pertenecen a otros sistemas significantes, que no están presentes sino por medio de ese elemento. En tal caso, diremos que ese o esos signos, "connotan" otros sistemas significantes, que de ese modo están presentes en el discurso analizado con solamente uno de sus motivos ideológicos, con sólo uno de sus elementos.
- En este orden de cosas, puede decirse que en el discurso jurídico del científico está denotado el sentido deóntico del derecho, puesto que ese discurso tiene por objeto hacerlo patente. En cambio, otros sistemas significantes, el jusnaturalismo, del productor del derecho por ejemplo, puede estar connotado por la presencia de ciertos signos que tienen determinado significado en ese discurso filosófico.


Comentarios

Destacados

Kybalión, opinión del libro

Rousseau, Contrato social, algunas respuestas

Proceso Legislativo, iniciativa de Ley, ¿qué son?

Objetividad y racionalidad del conocimiento científico