El análisis cultural del Derecho, Paul Kahn

- El autor menciona que los estudios jurídicos tienden a dividirse en un número específico de sub-campos, cada uno definido por materia: contratos, derecho público, procedimiento.

-Asimismo menciona que es notable el poco estudio de la cultura del Estado de derecho en sí misma como una forma particular de entender y percibir significados en los acontecimientos de nuestra vida política y social.

- Destaca que existen muchas maneras de estudiar una cultura. El derecho no ha escapado enteramente al examen de sociólogos, antropólogos y economistas.

- Si nos aproximamos al Estado de derecho como la construcción que hace la imaginación de una visión del mundo completa necesitamos llevar para su estudio aquellas técnicas que toman como su objeto la experiencia del significado. Un estudio cultural del derecho avanza desde una descripción densa hacia la elaboración interpretativa de cada una de estas estructuras de la imaginación, las cuales en conjunto hacen posible la experiencia del Estado de derecho..

- Estudiando el derecho nos convertimos en parte de él. La consecuencia es que nuestro más profundo compromiso cultural, el compromiso con el Estado de derecho, permanecer como uno de los elementos menos explorados de nuestra vida común.

- Nuestro conocimiento comparativo de otras prácticas políticas no nos aparta de nuestra creencia en el Estado de derecho.

- No se pretende sugerir que hay algo tan profundamente erróneo en el Estado de derecho que tiene que ser rechazado. La cuestión no es defender nociones de reforma diferentes, extermas, sino abandonar por completo las preguntas sobre la reforma mientras dure la investigación.

- El Estado de derecho no es ni una cuestión de verdad revelada ni de orden natural. Es una fomra de organizar una sociedad bajo un conjunto de creencias que son constitutivas de la identidad de una comunidad y sus miembros individuales. Es al mismo tiempo el producto de una historia particular y constructivo de un cierto tipo de existencia histórica. El problema no es si el derecho nos hace mejores sino qué es lo que el derecho hace de nosotros.

El estado de la disciplina

La teoría ha fallado substancialmente al separarse de la práctica. La distinción entre el sujeto que estudia el derecho y la práctica legal que es el objeto de estudio, es la debilidad central de la investigación jurídica contemporánea.

- La reforma está en el centro de nuestra cultura jurídica porque representa la intersección entre la razón y la voluntad, que se piensan fuentes gemelas de un orden legal legítimo.

- La oposición entre razón y voluntad antecede al surgimiento de un gobierno liberal y democrático sometido al derecho. Tradicionalmente, el monarca en tanto soberano poseía la voluntad de la nación. La razón emergió como una demanda de los tribunales de justicia para restringir esta voluntad.

- La reforma es la ambición común de los cuerpos legislativos, de las agencias del ejecutivo y de los tribunales, así como de los movimientos políticos populares, en tanto todos ellos pretenden llevar la razón a la voluntad.

- La reforma entendida como la aplicación de la razón a la voluntad es el proyecto central de la ilustración  para la comunidad y el individuo.

- La subordinación de la voluntad a la razón se presenta como el control de las pasiones irracionales y los deseos en el individuo así como de los intereses especiales o facciones en la comunidad política. L reforma es siempre requerida porque nunca hay un momento en que el individuo o la comunidad política están libres de estas pasiones.

- Nuestra concepción del Estado de derecho parte de nuestros más altos valores seculares;  está enraizada tanto en la razón como en la voluntad. Para el entendimiento popular, así como para el profesional, el orden jurídico se presenta como el producto de la ciencia política y del consentimiento popular.

- La creencia de que el gobierno puede ser construido con base en la ciencia política hizo posible el proyecto de escribir y promulgar la constitución, de crear un estado de derecho para la presente comunidad que habría de ser además un mandato permanente para todos los futuros miembros de la comunidad.

- La razón es el único valor en juego en el orden jurídico. Los orígenes de la Constitución se localizan no sólo en la ciencia política de los fundadores sino también en unacto de voluntad popular. El científico político puede apoyarse en la razón para redactar una Constitución, pero todavía debe convencer al pueblo de que acepte tal proyecto. Los fundadores tienen que ser a la vez redactores científicos y retóricos populares.

- La creencia en la voluntad popular como el origen del Estado de derecho tiene el mismo estatus mítico que la creencia en la ciencia de los fundadores. 

- Así como una falla aparente de la razón desafía la legitimidad del derecho, una falla aparente en el consentimiento también lo hace. Por esta razón, las normas jurídicas son frecuentemente identificadas, simbólicamente, con el acto de votar para elegir representantes.


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