Montesquieu y su concepción de las leyes
Montesquieu
(1689-1755), información consultada del libro Historia de la Filosofía Política
de Leo Strauss y Joseph Cropsey.[1]
Obras
importantes:
- Las cartas persas (1721).
- Consideraciones sobre la
grandeza y decadencia de los romanos (1734).
- El Espíritu de las Leyes
(1748)
En sí escribió 31
libros, pero en general no tienen un plan general ni coherencia, no era un
filósofo sistemático.
Su obra fundamental
es El espíritu de las leyes, sin embargo es una obra obscura.
1. ¿Cuál
es el objetivo de su obra?
En el prólogo y en
el Libro I, tiene un doble propósito: comprender la diversidad de las leyes y
las costumbres (leyes no escritas) humanas, y ayudar dondequiera al gobierno
sabio. El primero es teórico, el segundo práctico, y su relación surge del
interior del problema de la “ley” en sí.
2. ¿Cómo
define Montesquieu a las leyes?
- Como las relaciones
necesarias que se derivan de la naturaleza de las cosas.
- Las leyes son relaciones;
existen objetivamente y por necesidad.
- Gobiernan la acción de
todas las cosas: de Dios sobre el mundo, de los cuerpos entre sí, etc.
- Esta legalidad universal es
el fondo contra el cual debe verse la ley humana.
- Pero el término “ley” es
equívoco: en los estatutos humanos implica a un hacedor de la ley, una promulgación de la ley para aquellos
que deben obedecerla y una coacción legal, con la sanción concominante.
Antes de que
existieran las leyes humanas existió el hombre.
3. ¿Cómo
eran los hombres antes de que hubiera leyes humanas, y por qué surgieron estas
leyes?
- Antes de que existieran las
leyes humanas existió el hombre.
- Al principio, los hombres
eran apenas distinguibles de las bestias.
- Al carecer de lenguaje y de
razón, se dejaban guiar por temores y deseos físicos instintivos para
salvaguardar su integridad individual y después, a asociarse entre sí.
- Sólo tiempo después podrían
desear conscientemente permanecer en sociedad.
- Pero la sociedad engendra
descontentos. Los grupos intentan hacerse privilegiados en la posesión de
sus ventajas e, incitados entonces por una conciencia de su propia fuerza,
se dedican a luchar unos contra otros.
- Es de la guerra de donde
surge la ley, el derecho o lo justo (droit).
4. ¿Entonces
por qué surgen las leyes?
- Surgen como medio para
suprimir la guerra, ya sea dentro de las sociedades o entre ellas.
- Dentro de las sociedades,
las relaciones entre gobernantes y gobernados (la ley política) y de un
ciudadano con otro (ley civil) se establecen de este modo para unir a la
comunidad desgarrada por la guerra.
- La idea del derecho, lo justo,
lo obligatorio, se origina con la idea de ley y no precede a ésta.
- El hombre no posee por
naturaleza o en el origen una conciencia o sentido del deber.
5. ¿Qué
dice Montesquieu de las leyes de cada nación?
- Que para comprender las
leyes humanas debemos visualizarlas como si surgieran de la naturaleza del
hombre cuando actúa en unos medios particulares naturales y sociales.
- La diversidad de los medios puede explicar la diversidad de las
cuestiones humanas y la historia de todas las naciones la capacidad política
y el azar.
- La
ciencia humanada requiere de los estudios históricos, y estos estudios forman
el nexo entre teoría y práctica.
- La práctica política, o el
arte de gobernar, exige que cada sociedad sea concebida y tratada en su
peculiaridad, es decir, a la luz de su historia.
- El auténtico conocimiento
histórico precisa de la teoría o de la filosofía.
- Esta es la manera en que se
encuentran conectadas la ley en tanto “legislación” y la ley en tanto
“relaciones necesarias entre las cosas”.
- Las leyes de cada nación
tienen que estar relacionadas con su forma de gobierno, sus circunstancias
físicas (por ejemplo: el clima, la geografía) y con las condiciones
sociales ( por ejemplo: libertad, costumbres comercio, religión)
- Y todas las relaciones que
las leyes tienen o deben tener, considerablemente en su conjunto, constituyen
su espíritu (esprit)
- Con lo anterior Montesquieu contradice a la concepción del mejor estado, el derecho natural tomista[2]. y el derecho natural luckeano.
[1] Strauss, Leo y Cropsey, Joseph (compiladores).
Historia de la Filosofía Política. México, FCE, 2010, pp. 486-506.
[2] Donde el estatuto
humano o derecho positivo se concebía por su conexión con la ley eterna, la ley
natural y la ley revelada. Donde la ley es concebida como una ordenanza de la
razón, establecida, promulgada e impuesta para el bien común por el gobernante
de la comunidad. Su origen último era el espíritu de Dios, Ver a Lowenthal,
David, en Strauss, Leo y Cropsey, Joseph (compiladores). Historia de la
Filosofía Política. México, FCE, 2010, p. 487.
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