Montesquieu y su concepción de las leyes

Montesquieu (1689-1755), información consultada del libro Historia de la Filosofía Política de Leo Strauss y Joseph Cropsey.[1]

  

Obras importantes:

  • Las cartas persas (1721).
  • Consideraciones sobre la grandeza y decadencia de los romanos (1734).
  • El Espíritu de las Leyes (1748)

 

En sí escribió 31 libros, pero en general no tienen un plan general ni coherencia, no era un filósofo sistemático.

 

Su obra fundamental es El espíritu de las leyes, sin embargo es una obra obscura.

 

1.     ¿Cuál es el objetivo de su obra?

En el prólogo y en el Libro I, tiene un doble propósito: comprender la diversidad de las leyes y las costumbres (leyes no escritas) humanas, y ayudar dondequiera al gobierno sabio. El primero es teórico, el segundo práctico, y su relación surge del interior del problema de la “ley” en sí.

 

2.     ¿Cómo define Montesquieu a las leyes?

  • Como las relaciones necesarias que se derivan de la naturaleza de las cosas.
  • Las leyes son relaciones; existen objetivamente y por necesidad.
  • Gobiernan la acción de todas las cosas: de Dios sobre el mundo, de los cuerpos entre sí, etc.
  • Esta legalidad universal es el fondo contra el cual debe verse la ley humana.
  • Pero el término “ley” es equívoco: en los estatutos humanos implica a un hacedor de la ley, una promulgación de la ley para aquellos que deben obedecerla y una coacción legal, con la sanción concominante.

 

Antes de que existieran las leyes humanas existió el hombre.

 

3.     ¿Cómo eran los hombres antes de que hubiera leyes humanas, y por qué surgieron estas leyes?

  • Antes de que existieran las leyes humanas existió el hombre.
  • Al principio, los hombres eran apenas distinguibles de las bestias.
  • Al carecer de lenguaje y de razón, se dejaban guiar por temores y deseos físicos instintivos para salvaguardar su integridad individual y después, a asociarse entre sí.
  • Sólo tiempo después podrían desear conscientemente permanecer en sociedad.
  • Pero la sociedad engendra descontentos. Los grupos intentan hacerse privilegiados en la posesión de sus ventajas e, incitados entonces por una conciencia de su propia fuerza, se dedican a luchar unos contra otros.
  • Es de la guerra de donde surge la ley, el derecho o lo justo (droit).

 

4.     ¿Entonces por qué surgen las leyes?

  • Surgen como medio para suprimir la guerra, ya sea dentro de las sociedades o entre ellas.
  • Dentro de las sociedades, las relaciones entre gobernantes y gobernados (la ley política) y de un ciudadano con otro (ley civil) se establecen de este modo para unir a la comunidad desgarrada por la guerra.
  • La idea del derecho, lo justo, lo obligatorio, se origina con la idea de ley y no precede a ésta.
  • El hombre no posee por naturaleza o en el origen una conciencia o sentido del deber.

  

5.     ¿Qué dice Montesquieu de las leyes de cada nación?

  • Que para comprender las leyes humanas debemos visualizarlas como si surgieran de la naturaleza del hombre cuando actúa en unos medios particulares naturales y sociales.
  • La diversidad de los medios puede explicar la diversidad de las cuestiones humanas y la historia de todas las naciones la capacidad política y el azar.
  • La ciencia humanada requiere de los estudios históricos, y estos estudios forman el nexo entre teoría y práctica.
  • La práctica política, o el arte de gobernar, exige que cada sociedad sea concebida y tratada en su peculiaridad, es decir, a la luz de su historia.
  • El auténtico conocimiento histórico precisa de la teoría o de la filosofía.
  • Esta es la manera en que se encuentran conectadas la ley en tanto “legislación” y la ley en tanto “relaciones necesarias entre las cosas”.
  • Las leyes de cada nación tienen que estar relacionadas con su forma de gobierno, sus circunstancias físicas (por ejemplo: el clima, la geografía) y con las condiciones sociales ( por ejemplo: libertad, costumbres comercio, religión)
  • Y todas las relaciones que las leyes tienen o deben tener, considerablemente en su conjunto, constituyen su espíritu (esprit)
  • Con lo anterior Montesquieu contradice a la concepción del mejor estado, el derecho natural tomista[2]. y el derecho natural luckeano.


[1] Strauss, Leo y Cropsey, Joseph (compiladores). Historia de la Filosofía Política. México, FCE, 2010, pp. 486-506.

 

[2] Donde el estatuto humano o derecho positivo se concebía por su conexión con la ley eterna, la ley natural y la ley revelada. Donde la ley es concebida como una ordenanza de la razón, establecida, promulgada e impuesta para el bien común por el gobernante de la comunidad. Su origen último era el espíritu de Dios, Ver a Lowenthal, David, en Strauss, Leo y Cropsey, Joseph (compiladores). Historia de la Filosofía Política. México, FCE, 2010, p. 487.






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