Parlamentarismo, concepto y características

Parlamentarismo

 

El parlamentarismo se encuentra también, al igual que el Presidencialismo, en una división de poderes: Ejecutivo, Legislativo (parlamento) y Judicial.

A diferencia del presidencialismo, el parlamentarismo es considerado como un sistema de "colaboración de poderes". Tanto el parlamento como el ejecutivo se entrelazan e interactúan juntos. Entre otras características que se pueden encontrar están las siguientes:

 

a)    El primer lazo de unión es en hecho de que el Ejecutivo se constituye de entre los miembros del parlamento.

b)    El partido que obtiene mayor número de escaños en la Asamblea Legislativa forma el Gobierno.

c)     Si no existe mayoría, dos o más fracciones del parlamento se une para formar una mayoría de Coalición, la cual constituye al Gobierno.

d)    El Parlamento tiene la responsabilidad de exigir  Responsabilidad Política al Ejecutivo, a ello se sigue la votación de la Asamblea que desemboca en el Voto de Confianza y confirmación del Gobierno en sus puestos o el Voto de Desconfianza, que implica la dimisión del mismo.

e)    La contrapartida a este poder del Parlamento sobre el Ejecutivo, es el Derecho de Disolución que corresponde al gobierno y por lo cual éste puede disolver al Parlamento, apelando al Pueblo por unas nuevas elecciones parlamentarias.[1]

 

Carpizo arguye que las características del sistema parlamentario son las siguientes:[2]

a)         Los miembros del gabinete (gobierno, poder ejecutivo) son también miembros del parlamento (poder legislativo).

b)         El gabinete está integrado por los jefes del partido mayoritario o por los jefes de los partidos que por coalición forman la mayoría parlamentaria.

c)          El poder ejecutivo es doble: existe un jefe de estado que tiene principalmente funciones de representación y protocolo y un jefe de gobierno que es quien lleva la administración y el gobierno mismo.

d)         En el gabinete existe una persona que tiene supremacía y a quien se suele denominar primer ministro.

e)         El gabinete subsistirá, siempre y cuando cuente con el apoyo de la mayoría parlamentaria.

f)           La administración pública está encomendada al gabinete, éste se encuentra sometido a la constante supervisión del parlamento.

g)       Existe entre el parlamento y el gobierno un mutuo control. El parlamento puede exigir responsabilidad política al gobierno, ya sea a uno de sus miembros o al gabinete como unidad. Además el parlamento puede negar un voto de confianza y otorgar un voto de censura al gabinete, con lo cual éste se ve obligado a dimitir; pero el gobierno no se encuentra desarmado frente al parlamento, pues tiene la atribución de pedirle al jefe de estado, quien generalmente accederá, que disuelva el parlamento. Y en las nuevas elecciones es el pueblo quien decide quién poseía la razón: si el parlamento o el gobierno.[3]

Dadas las diferencias entre el Presidencialismo y parlamentarismo, nos podemos dar cuenta que nuestro sistema político mexicano se ubica en un régimen presidencialista por las características peculiares que la definieron aproximadamente 71 años.



[1] Ver a: COLOMA, José María. Op. cit.

[2] CARPIZO, Jorge. Op. cit., p. 14.

[3] Esta enunciación está basada en la que realiza LOEWENSTEIN, Karl. Teoría de la Constitución. Barcelona, Ed. Ariel, 1965, pp. 105-107.




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