Tipología de Estados
1. Estado Unitario
El Estado Unitario se caracteriza por la centralización
política, o sea que la competencia legislativa está reservada a los órganos
centrales, de tal modo que si existen autoridades locales la descentralización
consiguiente solo alcanza a la ejecución de la actividad estatal.
Ranelletti arguye que el Estado
Unitario es la forma en que se realiza del modo más perfecto la idea del
Estado, porque en él un pueblo es organizado sobre un único territorio y bajo
un solo poder. Burdeau, por su parte, dice que el
Estado Unitario es aquel en el cual la organización constitucional responde a
la triple unidad del soberano, del poder estatal y de los gobernantes, siendo,
además, el poder estatal uno en su fundamento, en su estructura y en su
ejercicio. Agrega que esa simplicidad teórica del estado unitario responde a
una simplicidad análoga de la sociedad, que corresponde cada vez menos a la
realidad actual.
El Estado Unitario se forma por fusión de varios Estados o
por incorporación de uno o más Estados a otro preponderante, a consecuencia de
lo cual, los incorporados pierden su calidad de Estados y se transforman en
divisiones o miembros puramente administrativos del Estado al que se
centralizan o incorporan.
Acerca de la centralización, Burdeau señala que el proceso de
centralización se presenta históricamente de los modos más diversos. Desde el
punto de vista sociológico la centralización resulta del agrupamiento en las
manos de un jefe único de las competencias y prerrogativas antes
territorialmente fragmentadas y dispersas". Desde el punto de vista jurídico
dice "la centralización se realiza por los agentes públicos en un cuerpo
jerarquizado. La concentración del poder público significa a la vez el
monopolio reservado a los gobernantes en la emisión de reglas jurídicas (poder
normativo) y la centralización en su provecho de medios materiales para
asegurar la ejecución (fuerza pública).
2. Confederación
La Confederación
para Jellinek
es la unión permanente de Estados independientes, basada en un pacto, con el
fin de protección exteriormente y de paz interiormente, sin perjuicio de que
puedan agregarse otros fines. La existencia de órganos permanentes distingue a
la confederación, de todas las formas de
alianza defensiva.
Asimismo, Jellinek señala los siguientes rasgos
característicos de la confederación: a) no afecta la soberanía de los Estados
confederados; b) su fin principal es referente a las relaciones internacionales
con los demás Estados; c) el poder de la confederación sólo se ejerce sobre los
órganos de los Estados confederados y no sobre los ciudadanos particulares que
integra cada uno de estos últimos; d) nulificación de las decisiones de la
confederación por parte de los Estados confederados desconformes; e) derecho de
secesión; f) la norma vinculatoria de los Estados es el pacto y no la Constitución.
3. Estado Federal
La federación es un Estado-Nación soberano compuesto de
unidades políticas inferiores no soberanas aunque sí autónomas (llamadas
también Estados federados, entidades federativas, Estados miembro, Estados
particulares, Cantones, Länder, Repúblicas, Provincias, etc). En esto
precisamente se diferencia de la Confederación en la que cada Estado miembro
conserva su soberanía. Asimismo, se diferencia del Estado Unitario, porque en
el Estado Federal las unidades territoriales gozan de verdadera autonomía,
garantizada por una Constitución común y ejercida dentro de su ámbito local
propio sobre ciertas esferas del orden administrativo y legislativo en muy
diverso grado.
Dicha constitución determina la autonomía que conservan los Estados federados y
establece que la representación y la soberanía exterior, entre otras
cuestiones, son ejercidos exclusivamente por organismos centrales como:
gobierno federal, parlamento federal y tribunales federales.
Cabe mencionar que en el Estado Federal el poder se reparte
entre el estado central y sus diferentes partes federadas que posean territorio,
población y una organización autónoma de
su poder público o de gobierno que no contradigan y pongan en entredicho los
principios constitucionales además de carecer de los derechos de nulificación y
de secesión. Se busca la descentralización y el respeto a la libre elección de
los representantes y se busca el equilibrio entre todas las partes.
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JUSTO LÓPEZ, Mario. Introducción a los Estudio Político, Formas y Fuerzas Políticas.
Argentina, Ed. Depalma, Vol. II, 1996, pp. 242-243.
En un Estado
Federal debe existir un sistema real de distribución del poder público. En el
caso de México esa distribución de poder se debe establecer o regular entre los
gobiernos federal estatal y municipal.
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